Cómo aplicar a la prescripción de multas de tránsito en Ecuador

Si tiene multas de tránsito por pagar, es posible que el cobro haya prescrito.  La prescripción del cobro por infracciones de tránsito se aplica únicamente en aquellas boletas de citación o actas de juzgamiento impuestas hace 5 años contados a partir de la fecha de emisión de las mismas.

Según la Agencia Nacional de Transito ANT,   se aplicará la prescripción solamente a las citaciones emitidas desde el 29 de marzo del 2011 hasta 09 de agosto del 2014.

Cómo aplicar a la prescripción de multas de tránsito en Ecuador

Si la sanción involucra puntos de la licencia, esta se mantiene debido a que el proceso únicamente aplica para la sanción monetaria.

Pasos para solicitar la prescripción de la multa de tránsito

  1. Acuda a las ventanillas de atención al usuario de la ANT a nivel nacional.
  2. Presente una solicitud que debe contener lo siguiente:
    • Encabezado dirigido al organismo de la administración a la que se dirige (Director/a Provincial de la ANT)
    • Nombres y apellidos completos, y número de cédula de ciudadanía
    • Petición expuesta con claridad y precisión
    • Correo electrónico o cualquier otro medio para emitir las notificaciones
    • Detalle de las infracciones de tránsito sobre las cuales se solicita la prescripción de cobro; y, firma de la persona interesada.
  3. No requiere del patrocinio de un abogado para presentar dicha solicitud.

Una vez que se haya declarado la prescripción de la contravención de tránsito, la Agencia Nacional de Tránsito notificará al interesado si aplica o no en un plazo no mayor a ocho días a partir de la recepción de la solicitud.

Trámite realizado por una tercerea persona:

Una tercera persona puede realizar el trámite, para ello debe presentar el documento original de autorización simple y una copia de cédula del titular.

Casos en donde no aplica la prescripción

  • Si el interesado haya suscrito previamente un convenio de pago con la ANT
  • Las multas de infracciones de tránsito emitidas a partir del 07 de agosto de 2008 hasta el 28 de marzo de 2011
  • Las contravenciones de tránsito emitidas a partir del 10 de agosto del 2014, fecha en la que entró en vigencia el Código Orgánico Integral Penal (COIP) porque dicha facultad fue asumida por la Función Judicial.
  • En el caso de las multas y citaciones emitidas por la CTE y los Gobiernos Autónomos Descentralizados que han asumido las competencias del control de tránsito.
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